Diámetros mínimos: 13 mm. cuando la tubería en la instalación domiciliaría alimente un artefacto y 19 mm. cuando surta dos o mas artefactos. En proyectos de envergadura, todos los diámetros se deben obtener por calculo.
Gastos máximos instalados y probables: Anexo Nº 3 del RIDAA, se deben considerar los mismos valores para agua fría y caliente. Gasto máximo probable, Q.M.P., concepto probabilística con el que se cuantifica el máximo caudal con el que debe diseñarse las instalaciones de agua potable, de inmuebles que tienen una determinada característica de consumo.
La suma de gastos instalados con agua fría determinara el gasto máximo instalado en L/min.
El gasto máximo probable (QMP) en L/min., se calculara a partir del gasto instalado mediante la formula:
Donde:
Ql : Gasto instalado en L/min.
Q.M.P. : Gasto máximo probable en L/min.
Para ramales con válvulas automáticas, se deberán cumplir con las especificaciones del fabricante.
El dimensionamiento de las instalaciones se podrá emplear un Gasto de diseño diferente al Gasto máximo probable.
El calculo de los diámetros, perdidas de carga y presiones en cada punto, deberá resumirse en un cuadro ordenado según tramos de tubería.
Los datos que se consideran en el cuadro de diámetros y presiones, entregados por el RIDAA, (se encuentra en la pag. 20 del RIDDA), Son los siguientes:
Longitud de tramos en mtrs.
Diámetro en mm.
Gasto máximo instalado y probable.
Velocidad m/seg
Pérdida de carga: %, en el tramo, acumulada en mtr.
Cota en mtr.
Presión en mtr.
Cálculos y condiciones del medidor.
Pérdida de carga en el medidor de trasmisión mecánica igual o menor a 38 mm. Se Calcula con la siguiente formula:
K=0036x[(QMP)²/C
Donde:
Q.M.P. : Gasto máx. Probable L/min
C : Capacidad máx. medidor m3/día
K : Pérdida de carga en m.
Medidores de mayores a diámetro 38 mm, el fabricante entrega tablas.
Para determinar el diámetro del medidor , se utiliza la tabla siguiente hasta 38 mm.
Capacidad máx. de los medidores

Consumos máx. diarios en instalaciones de agua potable (Anexo Nº 4), deben verificarse en la Superintendencia, pues suelen modificarse.